viernes, 19 de abril de 2024
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Juez español desestima acusaciones contra Cardenal Cañizares por homilía sobre la familia

Valencia (Viernes, 24-06-2016, Gaudium Press) El Cardenal Antonio Cañizares, Arzobispo de Valencia, España, no ha incurrido en ningún tipo de incitación al odio o delito alguno en su predicación en favor de la familia, afirmó el juez Víctor Gómez Sabal, magistrado titular del Juzgado de Instrucción 18 de Valencia, ante cuyo despacho se radicó una denuncia por parte de varias organizaciones. Las críticas del purpurado a la influencia cada vez mayor de los grupos de presión en contra de la familia natural en una célebre homilía motivaron lo que el jurista calificó como «denuncias o querellas temerarias».

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Cardenal Antonio Cañizares, Arzobispo de Valencia, España. Foto: Gaudium Press.

El juez dictaminó que «debe procederse al archivo sin más» del proceso, que no ameritó siquiera una investigación formal ya que los hechos denunciados manifiestamente no son «constitutivos de infracción penal». La denuncia radicada ante el juzgado «se limita a aludir a ciertas noticias periodísticas» y no presenta » un mínimo compromiso de concreción acerca del hecho que puede constituir delito».

Por su parte, el Cardenal Cañizares ya había publicado el texto completo del sermón acusado para que pudiera ser analizado de forma objetiva por la opinión pública. «Pido a juristas cualificados y objetivos, sin prejuicios de ningún tipo e imparciales, si juzgan que en ella se contiene algo que va contra la ley y que provoque odio contra personas o grupos sociales determinados, o que se pueda considerar homófobo tanto el texto como su autor», solicitó el Cardenal. «La censura y la condena padecida por mí en algunos medios, por algunos grupos y por algunos políticos, hacen pensar en etapas superadas de nuestra historia pasada, pero aún reciente, en que se censuraban y condenaban algunas homilías y a algunos predicadores».

El Juez Gómez Sabal recordó el correcto ejercicio de la libertad de expresión por parte del Arzobispo y citó la jurisprudencia de los tribunales Supremo, Constitucional y Europeo de Derechos Humanos para sustentar su decisión. «La tolerancia con todo tipo de ideas, que viene impuesta por la libertad ideológica y de expresión, no significa condescendencia, aceptación o comprensión sino solamente que las ideas, como tales, no deben ser perseguidas penalmente», expresó.

Con información de Religión en Libertad.

 

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