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Sacerdotes de la Arquidiócesis de México podrán perdonar el aborto durante la Cuaresma

Ciudad de México (Miércoles, 18-02-2015, Gaudium Press) Para favorecer la reconciliación con Dios y la experiencia de la conversión durante el tiempo de Cuaresma, que inicia este 18 de febrero con el Miércoles de Ceniza, el Arzobispo Primado de México, Cardenal Norberto Rivera Carrera, ha dado facultad a los sacerdotes de su diócesis para que absuelvan pecados que únicamente el Obispo tiene potestad de perdonar, como es el aborto.

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Cardenal Norberto Rivera, Arzobispo Primado de México / Foto: SIAME.

Según el Código de Derecho Canónico, en el canon 1398, «quien procure el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae», que es la pena en la cual un católico queda parcialmente excluido de la vida de la Iglesia. Como se expone el Catecismo de la Iglesia Católica en el numeral 1463: «Ciertos pecados particularmente graves están sancionados con la excomunión, la pena eclesiástica más severa, que impide la recepción de los sacramentos y el ejercicio de ciertos actos eclesiásticos y cuya absolución, por consiguiente, sólo puede ser concedida, según el derecho de la Iglesia, por el Papa, por el obispo del lugar, o por sacerdotes autorizados por ellos. En caso de peligro de muerte, todo sacerdote, aun el que carece de la facultad de oír confesiones, puede absolver de cualquier pecado y de toda excomunión».

Además del aborto, los delitos de apostasía, herejía o cisma, así como la violación del sacramento de la confesión por un sacerdote, son pecados graves de excomunión automática.

En este sentido, el pecado grave del aborto, en tiempo ordinario, sólo puede ser absuelto por el Obispo y algunos sacerdotes que cuentan con facultades especiales para ellos, como ocurre con los presbíteros romanos que tienen permiso de perdonar este pecado en la ciudad de Roma. En Ciudad de México, por su parte, existen algunos sacerdotes con facultades permanentes para perdonar dichos pecados en la Catedral Metropolitana, en la Basílica de Guadalupe y en cada una de las Vicarías Episcopales de la Arquidiócesis de México. Pero gracias a la facultad dada por el Cardenal Rivera, las personas que han abortado, o han participado en un aborto, podrán recibir en la Arquidiócesis de México la absolución.

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En Tiempo Ordinario sólo algunos sacerdotes tienen facultades especiales para perdonar el aborto / Foto: Hernán Piñera.

Además de esta disposición, el Primado mexicano, a través de una carta circular, también dio algunas recomendaciones para vivir este tiempo de Cuaresma. Entre ellas llamó a los presbíteros para que ofrezcan durante estos cuarenta días charlas sobre el significado del tiempo litúrgico, para que los fieles lo vivan fructuosamente.

Asimismo, pidió que la imposición de la Ceniza se realice, «de ser posible, dentro de la celebración Eucarística o bien en celebraciones de la Palabra, para que los fieles puedan captar el sentido auténtico de este signo».

De otro lado pidió la observancia del ayuno y la abstinencia el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo, y sólo la abstinencia los viernes de Cuaresma, última que puede ser conmutada por alguna obra de caridad, un significativo acto de piedad o un sacrificio voluntario significativo. El ayuno se obliga únicamente a los mayores de 18 años hasta los 59, y la abstinencia a partir de los 14 años de edad.

En la carta circular, el purpurado recordó también que las privaciones voluntarias invitan a la caridad cristiana, ya que contribuyen a aliviar las necesidades de los desfavorecidos.

Con información de SIAME.

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