jueves, 28 de marzo de 2024
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Sentencia de tribunal español da razón a la Iglesia y afirma que sacerdotes no tienen una relación laboral con el Obispo

Madrid (Viernes, 06-04-2018, Gaudium Press) El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, España, desestimó una demanda interpuesta por un sacerdote reducido al estado laical y afirmó que los clérigos no tienen una relación laboral con su Obispo, ni un religioso la tiene con su congregación. Según la sentencia, la relación no es laboral y no se le aplica el derecho laboral con el cual se juzgan los casos de trabajadores.

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El sacerdocio no constituye una relación laboral civil, determinó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, España.

El demandante, quien perdió el ejercicio de su ministerio sacerdotal al cometer actos tipificados en el Código de Derecho Canónico, demandó ante los tribunales civiles argumentando que la reducción al estado laical sería una injusticia laboral. El Tribunal recordó que la relación de subordinación del sacerdote al Obispo y la retribución que recibe por parte de la Iglesia «no derivan de un contrato ni de la inclusión en el ámbito de organización y dirección de una empresa, sino de la incorporación de índole espiritual a una organización de vivencia y difusión de creencias religiosas».

«Si no hay contrato alguno, resulta superfluo divagar sobre la ajenidad, la dependencia o la retribución, que son los presupuestos que han de concurrir en un contrato para que pueda calificarse de laboral», estableció el tribunal. Para el orden jurídico español, en el caso de los sacerdotes no existe contraposición de intereses entre trabajador y empresario sino «una comunión entre el actor y su superior jerárquico, derivada de la profesión de una misma fe». Tampoco existe un salario como el entendido por el derecho laboral sino un «medio de subsistencia» ya que el servicio sacerdotal «se presta por vocación, dedicación o entrega a los demás, y no a los superiores jerárquicos».

Finalmente la normatividad reconoce que puede existir una relación laboral entre un sacerdote y la Iglesia cuando esté desempeña un trabajo en una institución y se le remunera laboralmente por esta actividad.

Con información de Religión en Libertad

 

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