sábado, 23 de noviembre de 2024
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Interesante caso en España, de diferimiento del bautismo a un niño según el derecho canónico

También está el caso del no de primera comunión a un joven. La midia favoreció el escándalo.

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Redacción (16/07/2024, Gaudium Press) El caso: el padre David Roger Roca, párroco de la iglesia de Nuestra Señora de la Encarnación en Málaga, ha negado bautismo a un bebé y primera comunión a un joven, amparado por el derecho canónico.

Estalla la tormenta.

Acto dos: Vecinos de la localidad malagueña de Benamargosa han iniciado campaña contra el párroco.

Acto tres: entra la midia a jugar y algunos medios recogen los testimonios de denunciantes, y dicen por ejemplo que el párroco habría decidido no administrar el sacramento “alegando que [María del Carmen Jaime] Gómez no asistía regularmente a las misas de los domingos”. Málaga hoy dice también que desde el pasado mes de junio el arcipreste de la zona había dicho a la vecina que “el obispo le había dado autorización para bautizar a su hija y registrar el evento en los libros bautismales”.

Acto cuatro: Se pronuncia el Obispado de Málaga, por medio de comunicado, diciendo que el párroco ha mantenido al tanto a Mons. Catalá, el Obispo, y que ha tomado la decisión de no administrar en este momento el bautismo de acuerdo al Código Canónico, que reza, en su canon 868:

Para bautizar lícitamente a un niño, se requiere:

1 que den su consentimiento los padres, o al menos uno de los dos, o quienes legítimamente hacen sus veces;

2 n que haya esperanza fundada de que el niño va a ser educado en la religión católica, sin perjuicio del § 3; si falta por completo esa esperanza, debe diferirse el bautismo, según las disposiciones del derecho particular, haciendo saber la razón a sus padres.

Por eso la diócesis de Málaga afirma que el P. Roca “nunca ha ‘denegado’ el sacramento, sólo ha aplicado la normativa de la Iglesia de ‘diferir el bautismo’. Así se lo ha hecho saber a los padres, con quienes tiene una relación fluida y cercana”.  En consecuencia, añade, “en el momento en que haya ‘esperanza fundada’ de ser educada en la fe católica, la niña podría ser bautizada”.

Acto quinto: Pero está el caso del niño que no ha recibido la comunión. Otra vecina ha dicho a Málaga hoy, que el sacerdote había decidido no dar la comunión por el momento a su hijo porque el niño “no tenía fe”.

Acto sexto: El obispado señala que “el párroco constata que el niño no cuenta con la preparación ni disposición necesarias y prefiere también diferir la comunión” y explica que “para celebrar y recibir un sacramento a partir de la edad de uso de razón es necesario conocer lo que se recibe y tener un mínimo de formación religiosa, de actitud de fe en querer vivirla y de voluntad para hacerlo”.

Estaremos atentos a la continuación del argumento. Que normalmente debería saldarse con que la señora vaya a misa, y el chico al catecismo.

Con información de Aciprensa.

 

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