viernes, 17 de octubre de 2025
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El Padre Ballester fue absuelto del cargo de delito de odio contra musulmanes

La Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto a los sacerdotes Custodio Ballester y Jesús Calvo del delito de incitación al odio por el que fueron juzgados junto con el director del portal Alerta Digital, Armando Robles.

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P. Custodio Ballester – Foto: X

Redacción (17/10/2025 08:53, Gaudium Press) La Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto a los sacerdotes Custodio Ballester y Jesús Calvo del delito de incitación al odio por el que fueron juzgados junto con el director del portal Alerta Digital, Armando Robles. La Fiscalía solicitaba para cada uno de los clérigos una pena de tres años de prisión y el cierre del citado medio, al considerar que habían difundido mensajes contrarios a los inmigrantes, la comunidad musulmana y el islam.

En el 2016, el Padre Ballester participó en un programa digital en el que criticaba el yihadismo, y afirmaba que el islamismo radical “quiere destruir Europa y la civilización occidental”. A raíz de las declaraciones, el sacerdote fue demandado por una asociación contra la islamofobia.

En su sentencia, la Sala manifiesta que las expresiones utilizadas por los acusados en los programas y artículos vinculados a Alerta Digital pueden resultar “desafortunadas” u “ofensivas”, pero concluye que no alcanzan la relevancia penal exigida para el delito de odio. Los magistrados subrayan que no se ha probado la existencia de intención de promover hostilidad o violencia contra ningún grupo, ni que sus manifestaciones excedan el ámbito protegido por la libertad de expresión.

Durante el juicio, celebrado el pasado 1 de octubre, el padre Custodio Ballester defendió que sus palabras iban dirigidas contra el yihadismo radical y no contra la religión islámica en su conjunto. Por su parte, el padre Jesús Calvo, conocido por sus declaraciones controvertidas en medios de comunicación, mantuvo que sus intervenciones se enmarcaban en el ejercicio de la libertad de opinión, sin ánimo de incitar al odio.

El tribunal recordó en su decisión la doctrina del Tribunal Supremo y del Constitucional, que limita la aplicación del Derecho Penal a los supuestos en los que exista una incitación directa y efectiva al odio o la violencia. Por ello, absuelve a los sacerdotes Custodio Ballester y Jesús Calvo, así como al director del portal Alerta Digital, y deja sin efecto la petición de cierre del medio.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de diez días desde su notificación.

Con información de Infocatólica.

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