miércoles, 27 de noviembre de 2024
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Protección de los menores y las personas vulnerables: Papa lanza Motu Proprio

Ciudad del Vaticano (Lunes, 01-04-2019, Gaudium Press) «La tutela de los menores y las personas vulnerables forma parte integrante del mensaje evangélico que la Iglesia y todos sus miembros son llamados a difundir en el mundo».

Así inicia el documento que presentó el Papa Francisco, en forma de Motu Proprio, el viernes 29 de marzo sobre la protección de menores y las personas vulnerables dentro de la Curia Romana y en el Estado de la Ciudad del Vaticano.

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El objeto del documento papal no es otro que el de «reforzar ulteriormente el ordenamiento institucional y normativo para prevenir y combatir los abusos contra los menores y las personas vulnerables».

Justificativas jurídicas

Para justificar las medidas dentro de la Curia y de la Ciudad del Estado del Vaticano, el Pontífice enumera varias motivaciones:

– «mantener una comunidad respetuosa y consciente de los derechos y las necesidades de los menores y las personas vulnerables», previniendo todas las formas de violencia o abuso físico o psíquico que puedan ocurrir tanto en las relaciones interpersonales como dentro de las estructuras;

– «para que todos tengan la conciencia del deber de señalar los abusos a las Autoridades competentes y cooperar en las actividades de prevención y contraste»;

– «para que sean aplicadas las normas de ley en todos los casos de abusos»;

– «la protección y apoyo en todas las fases de los procedimientos a las víctimas y sus familiares;

– «cuidado pastoral, apoyo espiritual, médico, psicológico y legal a las víctimas y sus familiares;

– para que «sea garantizado al acusado el derecho de un proceso ecuánime e imparcial, respetando la presunción de inocencia»;

– «para que el condenado por abuso sea removido de su cargo» y le sea ofrecida una adecuada rehabilitación psicológica y espiritual y reinserción social;

-«para que se haga todo lo posible para rehabilitar la buena fama de un acusado injustamente».

– y «sea ofrecida una formación adecuada para la tutela de los menores y las personas vulnerables».

Normas a ser observadas en el Estado del Vaticano y Curia Romana

Después de exponer los puntos arriba el Papa establece 6 nuevas normas que deben ser seguidas para la protección de menores y personas vulnerables en la Curia Romana y en el Estado de la Ciudad del Vaticano:

1. Los órganos judiciales del Estado de la Ciudad del Vaticano ejercen jurisdicción penal también para los crímenes de los artículos 1 y 3 de la ley N. CCXCVII del 26 de marzo de 2019 cometidos en el ejercicio de sus funciones por los sujetos referidos en el punto 3 del Motu Proprio del 11 de julio de 2013 sobre la «Jurisdicción de los órganos judiciales de la Ciudad del Vaticano en materia penal».

2. Sin tocar en el sigilo sacramental, los sujetos citados en el punto 3 del Motu proprio del 11 de julio de 2013, son obligados a presentar la denuncia al promotor de justicia junto al Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano, todas las veces que tengan noticia o motivos fundamentados para considerar que un menor o persona vulnerable sea víctima de uno de los crímenes del artículo 1 de la ley N. CCXCVII si estos fueren cometidos i) en el territorio del Estado; ii) en perjuicio de ciudadanos o residentes en el Estado; iii) en el ejercicio de sus funciones por los sujetos del punto 3 del Motu proprio del 11 de julio de 2013.

3. Debe ser ofrecida a las personas ofendidas por los crímenes del artículo 1 de la ley N. CCXCVII, asistencia espiritual, médica y social así como informaciones útiles de naturaleza legal, a través de los servicios de acompañamiento de la Dirección de Salud e Higiene del Estado de la Ciudad del Vaticano.

4. Serán organizados programas de formación para los funcionarios de la Curia Romana y de las Instituciones ligadas a la Santa Sede sobre los riesgos en materia de explotación, abuso sexual y maltratos de menores y personas vulnerables; medios para identificar y prevenir tales ofensas y sobre la obligación de denuncia.

5. En el proceso de selección de funcionarios de la Curia Romana e Instituciones así como para los colaboradores voluntarios deberá ser confirmada la idoneidad del candidato para interactuar con menores y personas vulnerables.

6. Los Dicasterios de la Curia Romana y las Instituciones que interactúen con menores o personas vulnerables deben adoptar, con la asistencia del Servicio de acompañamiento, las buenas praxis y directrices para su tutela.

Todas las disposiciones determinadas por el Santo Padre en el documento entrarán en vigor a partir del 1º de junio de 2019.
(JSG)

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