martes, 26 de noviembre de 2024
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La redención de Cristo aplicada a María Santísima

Redacción (Lunes, 10-04-2017, Gaudium Press) ¿Cómo María fue exenta del pecado original habiendo la Iglesia definido el dogma de la Redención Universal de Nuestro Señor Jesucristo?

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Desde los primeros siglos del cristianismo, la Inmaculada Concepción de María Santísima fue venerada por la gran mayoría de los cristianos y defendida por muchos Padres de la Iglesia, como San Justino, San Irineo, San Efrén y el propio San Agustín.

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Siglos más tarde, se celebraba en varias Iglesias la fiesta de la Inmaculada Concepción, más concretamente en el Oriente a partir del siglo VIII, en Inglaterra desde el siglo XI y poco después se divulgó por Alemania, Francia y España.

Sin embargo, entre los siglos XII y XIV, los principales autores de la escolástica se encontraron delante de una dificultad muy difícil de resolver: ¿Cómo conciliar la Inmaculada Concepción de María Santísima con el dogma de la Redención Universal de Cristo? En otras palabras, si Nuestra Señora fue exenta del pecado original desde el primer instante de su concepción significaría que los méritos de la Pasión y Muerte de Nuestro Señor Jesucristo no serían aplicados a Ella, y, por consiguiente, la Redención no sería universal, pues habría una excepción, lo que implicaría en negar el dogma, lo que no es posible. [1]

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San Bernardo

En esta controversia se encontró la oposición de autores de mucha importancia, tales como San Bernardo, San Buenaventura y el propio Santo Tomás de Aquino, los cuales, sin disminuir en lo más mínimo la devoción a María, no consiguieron discernir de qué manera podría aplicarse la Redención de Cristo obtenida en lo alto del Calvario a Nuestra Señora. Según ellos, si la Redención es universal, tal como lo afirma el dogma, era necesario afirmar y reconocer que María, aunque sea la más perfecta de las criaturas, en la cual Dios agotó su imaginación -por decir de alguna manera- también fue concebida en pecado.

Posteriormente, con Guillermo de Ware y el Beato Duns Escoto, se consiguió armonizar el gran privilegio concedido por Dios a su Madre de ser concebida sin pecado y el dogma de la Redención Universal, surgiendo el término de «redención preventiva».

Así pues, según ellos, hay dos maneras de redimir un cautivo: sacarlo del cautiverio en el cual se encuentra pagando por su rescate (lo que se denomina «redención liberativa»); o, antes de caer en el cautiverio, pagar el rescate anticipadamente. Esta es propiamente la «redención preventiva», la cual es todavía más perfecta que la anterior. De esta manera, llegaron a la conclusión de que la aplicación de los méritos de la Preciosísima Sangre de Nuestro Señor Jesucristo a María Santísima se realizó en forma de redención preventiva. [2]

Con efecto, Dios viendo desde toda la eternidad los infinitos méritos que Jesucristo conquistaría con su Pasión, aplicó de forma anticipada el precio de ese rescate a su Madre, que, por ese privilegio, fue exenta del pecado original.

Aunque las referencias bíblicas -el protoevangelho (Gen 3, 15) y su salutación del Ángel (Lc 1, 28)- no lo digan de forma explícita, las razones teológicas de ellas deducidas son irrefutables, pues ¿Cómo aceptar que la Reina de los Ángeles estuviese bajo la tiranía del demonio? ¿Cómo Ella, la Mediadora de la Reconciliación, puede haber sido, por un solo instante, enemiga de Dios? ¿La Sangre Preciosísima de Nuestro Señor pudo haber brotado de un manantial manchado? ¿Puede imaginarse que María fuese, al mismo tiempo, Madre de Dios y esclava de Satanás? Son preguntas que obligaban a aceptar la redención preventiva de María, y que ciertamente los grandes autores de la escolástica, arriba mencionados, habrían aceptado si la hubiesen conocido.

Finalmente, el Papa Pio IX, con la Bula «Ineffabilis Deus» del 8 de diciembre del año 1854, declaró solemnemente al mundo entero que María Santísima, por un especialísimo designio de Dios, en virtud de la maternidad Divina a la cual fue predestinada, fue exenta del pecado original desde el primer instante de su Concepción. [3]

Este privilegio especialísimo implica que, habiendo María sido liberada de la mancha del pecado original, es necesario afirmar que la Inmaculada Concepción no fue apenas una exención, pues estando limpia y libre de la maldición de nuestros primeros padres está en total amistad con Dios, o sea, en gracia. María Santísima fue concebida no solo sin pecado, sino en gracia, y está en grado altísimo, pues corresponde a su dignidad de Madre de Dios. [4]

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Largos siglos fueron necesarios para que la razón humana, tan pobre, encontrase la manera de conciliar la Inmaculada Concepción de Nuestra Señora con el dogma de la Redención Universal de Jesucristo, la cual alcanza a todos aquellos que descienden de Adán, sin excepción alguna, hasta la propia Madre de Dios. La doctrina de la redención preventiva, sellada por el Bienaventurado Papa Pío IX como medio de aplicación de los méritos infinitos de la Preciosísima Sangre de Nuestro Señor para nuestra salvación, es el sol que nos muestra la armonía existente entre los dos dogmas.

Por Jaime Abbad Luengo

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Fuentes Bibliográficas:
-DOCUMENTOS PONTIFÍCIOS. Petrópolis: Vozes, 1953.
-GARRIGOU-LAGRANGE, Réginald. La Mère du Sauveur et notre vie intérieure. Paris: Du Cerf, 1948.
-ROYO-MARÍN, Antonio. La Virgen María: teología y espiritualidad marianas. 2.ed. Madrid: BAC, 1996.
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[1] Cf. ROYO-MARÍN, Antonio. La Virgen María: teología y espiritualidad marianas. 2.ed. Madrid: BAC, 1996, p.72-73.
[2] Cf. Opus cit. p.74-75.
[3] PIO IX. Ineffabilis Deus: Bula, 8 dez. 1854. In: DOCUMENTOS PONTIFÍCIOS. Petrópolis: Vozes, 1953. p. 3-23.
[4] Cf. GARRIGOU-LAGRANGE, Réginald. La Mère du Sauveur et notre vie intérieure. Paris: Du Cerf, 1948. p.37-38.

 

 

 

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