sábado, 23 de noviembre de 2024
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Organizaciones católicas responden a la llamada "ley de muerte digna" en Argentina

Buenos Aires (Viernes, 11-05-2012, Gaudium Press) Una nueva legislación promovida bajo el nombre de «ley de muerte digna» fue aprobada por el Senado de Argentina el pasado miércoles 09 de mayo. Mientras que los políticos que la apoyaron insisten en que no se trata de la legalización de la eutanasia, expertos de varias organizaciones católicas rechazaron la norma, ya que ésta va más allá de la renuncia a los tratamientos desproporcionados, y autoriza incluso la privación de alimentos e hidratación a los pacientes.

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La Iglesia promueve el cuidado y acompañamiento material y espiritual de los pacientes durante el proceso de la muerte natural.

El Padre Rubén Revello, del Instituto de Bioética de la Universidad Católica Argentina, manifestó que, aunque la norma no autoriza a los médicos a tomar decisión alguna sobre la vida de los pacientes ni practicar la eutanasia activa, la posibilidad de rechazar las curas normales sí puede considerarse un desencadenante de la muerte. «Se debe permitir que el proceso de muerte continúe y no causarlo», advirtió.

El P. Revello explicó a la agencia AICA la posición de la Iglesia católica frente al tema: «la Iglesia considera que debe buscarse siempre el bien de la persona y el respeto de su dignidad, por eso en cuanto a la intención nunca debe perseguirse causar la muerte del paciente como fin». Por este motivo, no se puede admitir procedimiento alguno que cause la muerte al paciente.

Sin embargo, la moral católica no obliga a los pacientes a soportar tratamientos desproporcionados, aclaró el presbítero: «En este delicado equilibrio debe evitarse el encarnizamiento terapéutico (una prolongación de la vida artificial -respecto de las expectativas médicas- y extraordinaria -para el paciente y su entorno-), permitiendo que la muerte siga su curso natural».

Esto no significa que sea legítimo privar a un paciente de los tratamientos normales: «Aunque la muerte se considere inminente, los cuidados ordinarios debidos a una persona enferma no pueden ser legítimamente interrumpidos», declaró el abogado argentino Jorge Vitale, doctor en Leyes y Ciencias Sociales. La muerte «no puede ser pretendida, ni como fin ni como medio, sino solamente prevista y tolerada como inevitable».

Con respecto a la obligación de proveer al paciente los cuidados proporcionados, el beato Juan Pablo II aclaró en 2004, recordando el magisterio de la Iglesia, que la escasa probabilidad de recuperación «no puede justificar éticamente el abandono o la interrupción de los cuidados mínimos al paciente, incluidas la alimentación y la hidratación. En efecto, el único resultado posible de su suspensión es la muerte por hambre y sed. En este sentido, si se efectúa consciente y deliberadamente, termina siendo una verdadera eutanasia por omisión».

Por estos motivos, la Red Federal de Familias, que agrupa instituciones, personas y familias en las 23 provincias argentinas, reaccionó enérgicamente: «¿Nos hace un país más «civilizado» el aceptar que a nuestros enfermos se los pueda dejar morir de hambre y de sed? Ayer se decidió que sea legal el gesto homicida de pedir la propia muerte o dejar morir a quienes deberíamos cuidar con mayor esmero. ¿Puede haber mayor ruina para una nación? ¡Nos estamos matando entre nosotros! Estamos legislando la muerte de argentinos», concluyó la organización.

Con información de AICA

 

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