Redacción (Miércoles, 01-08-2012, Gaudium Press) Todo ser humano, creado a imagen y semejanza de su Creador, es llamado a participar de la bienaventuranza celestial mediante el cumplimiento de su finalidad sobre la tierra: con su intelecto conocer la Verdad absoluta, y con su voluntad adherir al Bien supremo, que es el propio Dios. Por esto, deberá vivir una vida recta, repleta de justicia, contribuyendo con sus valores para que también la sociedad, en la cual está inserido, alcance el mismo objetivo. Con todo, después del pecado original, el hombre es cotidianamente violentado por sus malas pasiones, por haber perdido la integridad y el pleno dominio que poseía sobre su cuerpo, antes en perfecta tranquilidad. Necesita él ahora de una ley que ordene sus actos, a fin de no desviarse del camino que lo llevará a la divina beatitud. Esta ley es denominada natural.
Moisés y la Ley de Dios / Óleo de Philippe de Champaigne |
La temática del presente escrito será discurrir sobre la ley natural que rige el actuar del hombre, auxiliándolo directamente a salvarse.
La ley es la expresión de la norma moral
En cualquier época histórica o lugar del mundo, bajo cualquier condición, el hombre siempre buscó la felicidad. Criatura de Dios, tiene las potencias de su alma dirigidas, aunque no perciba, a la posesión del Bien Supremo. Así, la inteligencia desea con entusiasmo poseer el conocimiento absoluto, la voluntad desea amarlo ardientemente, y ambas no serán saciadas mientras no se encuentren con el ser pleno y perfecto, o sea, Dios. A este respecto comenta Gambra (1973, p. 275) que «Dios como creador de la naturaleza humana es el bien supremo para el cual, consciente o inconscientemente, el hombre tiende al desear las diferentes cosas que pretende, en aquello que poseen de particularmente bueno». Por tanto, la felicidad completa, la realización plena de sus potencialidades, solo se encontrará en la contemplación o posesión de Dios. El ser humano camina en este mundo cual peregrino en busca del mundo sobrenatural en que espera entrar después de la muerte (p. 276).
Teniendo una finalidad, debe cada hombre orientar su actuación moral rumbo a ella, diría Perogrullo, profeta de las evidencias. Es más, se entiende la propia finalidad como «aquello que mueve alguien a practicar determinado acto; o bien (o el mal) que la persona tiene en vista al actuar» (BETTENCOURT, 2003, p. 13). Esta orientación se hace a través de la norma de moralidad, «regla o medida por la cual el sujeto puede reconocer sus actos como buenos o malos, según se conformen o no con ella» (GAMBRA, 1973, p. 279), pudiendo ser denominada ley, que es la expresión de la norma moral (p. 278).
Los diferentes tipos de ley divina
La ley divina -no será tratada aquí la ley humana-, aquella promulgada por el propio Dios que, como afirma Santo Tomás, «es una determinación de la razón en vista del bien común, promulgada por quien tiene el encargo de la comunidad (apud BETTENCOURT, 2003, p. 17), se puede dividir en tres tipos: eterna, natural y positiva.
Como la ley natural tiene su fundamento en la ley divina, se hace necesario abordarla sintéticamente para tornar el tema más claro.
La ley divina eterna
La ley divina eterna es considerada «el plan de la sabiduría divina, concebido desde toda la eternidad, para llevar a las criaturas a su Fin supremo» (BETTENCOURT, 2003), o también, como San Agustín y Santo Tomás definieron, «la razón o voluntad de Dios que manda conservar el orden natural o prohíbe perturbarlo» (apud FERNÁNDEZ, 2004, p. 164). Para un no cristiano puede ser definida como el orden del cosmos. La Declaración sobre la Libertad Religiosa, Dignitatis humanæ, del Concilio Vaticano II, así a ella se refiere:
… la norma suprema de la vida humana es la propia ley divina, eterna, objetiva y universal, por la cual Dios ordena, dirige y gobierna todo el mundo y los caminos de la comunidad humana, según los designios de Su Sabiduría y Su Amor (n. 3)
La ley divina natural
La ley divina natural es una participación en la ley eterna por la criatura racional. Es la misma ley divina referente al universo en general, que recibe el nombre de natural en la parte que regula al hombre, físicamente capaz de cumplirla o violarla (GAMBRA, 1973). Continúa a este respecto la Declaración Dignitatis humanæ, al esclarecer el significado de la ley eterna: «Dios torna el hombre participante de su ley, de manera que el hombre, por suave disposición de la Providencia divina, puede conocer cada vez mejor la verdad inmutable» (n. 3).
Por ser parte de la ley divina ella tiene también a Dios como su legislador. Con todo no se encuentra escrita concretamente, pues tiene un contenido general y amplio que no permitiría esta formulación. Al contrario, se encuentra impresa en la consciencia de cada individuo, de tal forma que por más rudo que sea un hombre, éste sabe si los actos que practica son buenos o malos (GAMBRA, 1973). La Constitución pastoral Gaudium et Spes reafirmó esta doctrina:
En la intimidad de la consciencia, el hombre descubre una ley. Él no se la da a sí mismo, sino que a ella debe obedecer. Llamándolo siempre a amar y practicar el bien, evitar el mal, en el momento oportuno la voz de esta ley le hace resonar en los oídos del corazón: ‘haz esto, evitad aquello’. De hecho, el hombre tiene una ley escrita por Dios en su corazón. Obedecer a ella es la propia dignidad del hombre, que será juzgado de acuerdo con esta ley. La consciencia es el núcleo secretísimo y el sagrario del hombre, donde él está a solas con Dios y donde resuena la voz de Dios (n. 16).
Hay ciertas escuelas filosóficas que no la admiten, tales como el positivismo y el empirismo. Explican que en el hombre existen apenas ciertas inclinaciones más o menos persistentes para actuar en un cierto sentido, sin embargo variables en función de los tiempos y los países. Aceptan como efectiva solamente la ley positiva humana. Entretanto, en la práctica se percibe patentemente la existencia de la ley natural, porque los hombres aceptan y dejan ciertos principios y normas, a pesar de desviados y obscurecidos en ciertas ocasiones, presidir sus vidas independientemente del tiempo y lugar. Por otro lado, algunos que constantemente no respetan la ley positiva de su país, acatan en su conducta personal normas de honestidad y lealtad, que consideran inviolables y válidas para sí mismos (GAMBRA, 1973).
Por Ítalo Santana Nascimento
(Mañana: Existencia de la ley natural en antiguas civilizaciónes – Decálogo – Armonía entre ley natural y Decálogo)
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Referencias
FERNÁNDEZ, Aurelio. Compêndio de Teología Moral. 3. ed. Madrid: Ediciones Palavra, 2002.
FERNÁNDEZ, Aurelio. Moral Fundamental: Iniciação Teológica. Tradução de Marta Mendonça. Lisboa: Diel, 2004.
GAMBRA, Rafael. Noções de Filosofia. Tradução de Levi António Malho. Porto: Livraria Tavares Martins, 1973.
TAVARES BETTENCOURT, Pe. Estevão. Curso de Teologia Moral. Rio de Janeiro: Escola Mater Eclesiae, 2003.
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