Ciudad del Vaticano (Viernes, 08-03-2013, Gaudium Press) El Cardenal Decano es el más anciano entre los Cardenales; él es considerado el «primus inter pares» (primero entre sus iguales).
A él compete ordenar Obispo y Pontífice electo, caso él elegido como sucesor de Pedro no sea obispo.
Cardenal Re |
Actualmente el Cardenal italiano Angelo Sodano es quien tiene el título de Decano, entretanto debido a su edad avanzada, no es un Cardenal elector. Por este motivo el Cardenal Giovanni Battista Re, el más anciano entre los electores, fue escogido para ser el Decano durante el Cónclave.
De acuerdo con la Constitución «Universi Dominici Gregis», el Cardenal Decano tiene las siguientes funciones:
– presidir la Misa «pro eligiendo Romano Pontífice», que precede al inicio del Cónclave;
– presidir las Congregaciones Generales de los Cardenales en preparación para la elección del Pontífice (en su ausencia es el subdecano), salvo que no tenga más el derecho de elegir al Papa por haber alcanzado el límite de 80 años (art. 9);
– leer el juramento sobre la observancia de las prescripciones contenidas en la Constitución «Universi Dominici Gregis» sobre la Sede Vacante (art. 12);
– hacer las veces de Camarlengo caso esta sede esté vacante en la muerte del Papa y en la espera de la elección del nuevo (art. 15);
– tiene la tarea de dar la noticia a todos los Cardenales de la muerte del Pontífice, convocándolos para las congregaciones del Colegio (art. 19);
– convocar a los Cardenales electores para la elección del nuevo Pontífice (art. 38);
– al inicio de los actos de la elección, pronunciar la fórmula de juramento sobre la fidelidad a las disposiciones de la Constitución «Universi Dominici Gregis» (art. 53);
– al inicio de los actos de la elección, someter al Colegio de los electores, en primer lugar, la cuestión de si se puede iniciar las operaciones de la elección, o si es necesario todavía aclarar dudas sobre las normas y las modalidades establecidas en la Constitución «Universi Dominici Gregis» (art. 54)
– pedir el consenso del Pontífice electo (art. 87);
– presidir la ordenación episcopal del Pontífice electo caso este todavía no sea Obispo (art. 90);
– entregar el anillo del pescador al nuevo Papa en la Misa del inicio de Pontificado. (EPC)
Con informaciones de la Radio Vaticana.
Deje su Comentario