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Los barcos y la Santa Sede: cuando los Papas navegaban

Ciudad del Vaticano (Miércoles, 31-07-2013, Gaudium, Press) La figura de San Pedro estuvo siempre vinculada al mar de Galilea, a su oficio de pescador y el llamado de Cristo a hacerse Pescador de Hombres. La Iglesia confiada por Jesucristo a su autoridad ha sido comparada a lo largo de la historia a una barca que debe sortear las tormentas y dificultades de la historia con el auxilio divino. Pero en una época de la historia los Sucesores de Pedro contaron con una flota de navíos para la defensa y el comercio necesarios en los Estados Pontificios. En la actualidad, la Santa Sede no posee barcos, ni tiene acceso directo al mar, pero conserva leyes que prevén la eventual presencia de barcos con bandera vaticana.

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La Iglesia, representada en un barco en el célebre sueño de San Juan Bosco de «las dos columnas».

Un llamativo artículo escrito por Carol Glatz para Catholic News Service en Estados Unidos recordó recientemente la historia de los barcos de los Papas, que constituyeron una flota en el siglo X bajo el pontificado de Su Santidad Juan VIII. La existencia de los Estados Pontificios, un territorio bajo la autoridad terrenal del Santo Padre que comprendía una importante parte de la península itálica, demandaba una flota naval que diera seguridad y garantizara las actividades comerciales del Estado.

Durante las guerras otomanas del S. XIV, cuando el Imperio Turco amenazaba extenderse sobre Europa, los Papas Nicolás V y Sixto IV enviaron naves a la batalla, y el Papa Sixto V comisionó el barco militar San Buenaventura para defender las aguas de los piratas en el siglo XVI. Los barcos de esta «armada pontificia» llevaban nombres de santos, siendo los más empleados San Pedro y San Pablo. Al menos una de las naves tenía nombre de una Santa, Santa Firmina, mientras que uno de los navíos ostentaba el nombre de la «Inmaculada Concepción».

Los barcos de los Papas protegieron los Estados Pontificios ante graves amenazas hasta que el nacionalismo italiano arrebató los Estados Pontificios a la Santa Sede, lo cual incluyó la invasión armada de la capital, Roma, tras la cual el Papa Pío IX quedó recluido en el Vaticano, bajo la condición de prisionero que él mismo proclamó como denuncia. El final de los Estados Papales significaron el fin de la historia naval de la Santa Sede, que perdió su salida al mar.

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El problema de los territorios arrebatados al Papa y su condición de prisionero no se solucionaría hasta los Pactos de Letrán en 1929, cuando la Santa Sede reconoció a Italia como estado soberano y recibió el mismo reconocimiento para la Ciudad del Vaticano. Como estado soberano, la Santa Sede firmó la «Convención y Estatuto de la Libertad de Tránsito» de la Liga de Naciones en 1921, que le otorga el derecho a poseer sus propios barcos con bandera vaticana.

El derecho de la Santa Sede a tener una flota se reafirmó en 1951, cuando el Estado de la Ciudad del Vaticano promulgó un decreto oficial que regula la «navegación marítima bajo la bandera del Estado de la Ciudad del Vaticano». Esta norma era necesaria para cumplir el acuerdo internacional previo y para proveer la estructura legal necesaria en caso de que se requiriera emplear este medio de transporte.

Según informó CNS, en el mes de julio la Santa Sede también actualizó sus códigos penales para ajustarse a otros tratados internacionales recientes, los cuales establecen la jurisdicción de la Ciudad del Vaticano sobre «crímenes cometidos a bordo de un barco con la bandera del estado o un avión del estado». Los estándares internacionales imponen normas sobre la seguridad en aeropuertos, navegación marítima e incluso plataformas de explotación de petróleo, que si bien no se aplican a la Santa Sede, aclaran aspectos de cooperación internacional en la lucha contra el crimen.

Un aspecto destacado por el informativo sobre las disposiciones actuales de la Santa Sede sobre una eventual flota naval pontificia es que no presenta limitaciones a la nacionalidad de sus comandantes o tripulantes, por lo cual admitiría un hipotético personal multinacional. Se conserva en las normas el delito de izar la bandera del Vaticano en un barco sin autorización, el cual prevé una detención hasta por cinco años y una multa no superior al valor de la nave. Por lo pronto, el único barco que posee actualmente la Ciudad del Vaticano sobre las aguas es una escultura ubicada en una fuente no muy distante a los Museos Vaticanos, aclaró el informativo.

Con información de Catholic News Service.

 

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