Buenos Aires (Miércoles, 01-07-2015, Gaudium Press) La Federación de Asociaciones de Médicos Católicos de Latinoamerica (Famclam), presidida por el argentino Fabián Romano, ha hecho un pronunciamiento sobre el «Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo» del Ministerio de Salud argentino, en el que advierte que se pretende direccionar el ejercicio de la profesión médica y se vulnera el derecho de los profesionales médicos a la objeción de conciencia.
«De acuerdo a la reciente publicación realizada por el Ministerio de Salud de la Nación de la República Argentina respecto de la ampliación de la Guía de atención de los abortos no punibles de 2010, los profesionales de la salud – especialmente los médicos- parecemos estar súbitamente sometidos a dar cumplimiento sobre los contenidos que aparecen en el ‘Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo'», se afirma.
La Federación afirma que dicho Protocolo «no sólo indica prolijamente de qué manera terapéutica hay que llevar adelante una decisión tomada por las pacientes, aun en aquellas menores de edad, sino que además detalla minuciosamente ‘qué debemos hacer los médicos en la libertad de nuestro ejercicio, y qué no debemos ni siquiera insinuar'» y citó por caso que «no se admite que los profesionales tengan la posibilidad de denuncia en caso de personas violadas, con el consecuente impacto que eso trae a la sociedad toda, y en especial a la paciente que la ha padecido».
A continuación el texto del documento:
De acuerdo a la reciente publicación realizada por el Ministerio de Salud de la Nación de la República Argentina respecto de la ampliación de la Guía de atención de los abortos no punibles de 2010, los profesionales de la salud -especialmente los médicos- parecemos estar súbitamente sometidos a dar cumplimiento sobre los contenidos que aparecen en el ‘Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo’.
No es necesario ahondar demasiado en el análisis tanto legal como ético, para darse cuenta de qué modo se deja trasmitir el mensaje certero y medular del tema desarrollado. Aunque ese Protocolo se presenta con un lenguaje llano y comprensible, aparece de manera sorprendente la evidencia de qué manera se puede direccionar con claras intenciones las acciones de los médicos, máxime cuando transcurre a la hora de tomar decisiones sobre la vida y la muerte de las personas.
No tratamos en esta reflexión el derecho a la vida, un derecho supremo tal cual lo entendemos y que poseen todos los seres humanos en cualquier etapa cronológica, tanto desde el momento de la concepción hasta la muerte natural. Sino que en esta oportunidad ponemos de manifiesto que ese Protocolo en principio, cambia los términos que no compatibilizan con la legislación vigente en nuestro país. Se habla de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) cuando esa expresión así declarada excede en demasía a la realidad.
Por otro lado no sólo indica prolijamente de qué manera terapéutica hay que llevar adelante una decisión tomada por las pacientes, aún en aquellas menores de edad, sino que además detalla minuciosamente «qué debemos hacer los médicos en la libertad de nuestro ejercicio, y qué no debemos ni siquiera insinuar». Por citar alguno de los ejemplos, no se admite que los profesionales tengan la posibilidad de denuncia en caso de personas violadas, con el consecuente impacto que eso trae a la sociedad toda, y en especial a la paciente que la ha padecido.
Entendiéndolo del modo tal cual se presenta dicho Protocolo, surge de ello que la relación entre la paciente y el médico aparece de antemano pautada, establecida y reglamentada, sometiéndonos por lo tanto a realizar aquello que nos solicitan. El trato que se manifiesta naturalmente entre personas en cada acto médico, y del cual tantos profesionales y estudiosos del tema se dedicaron a desarrollar y analizar como constitutivo del acto terapéutico, en este caso en particular el mismo quedaría totalmente relegado, ya que el diálogo libre desaparece entre el médico y la paciente que solicita la práctica. Según este documento el término de la relación médico-paciente sufre una «mutación», convirtiendo al profesional en mero instrumento y ejecutor del cumplimiento del prolijo flujograma de acción que allí se detalla.
Pasamos a transformarnos de este modo en «máquinas de realizar terapias médicas» despojadas de cualquier ápice de humanidad, en donde las decisiones y orientaciones preventivas que debemos ejercer los médicos quedan de lado. De este modo no podremos llegar a saber quién es la persona que tenemos delante, las circunstancias por las que concurre o los motivos que llevaron a tomar esa decisión.
Otro de los puntos que vulnera el actuar médico es el tema de la Objeción de Conciencia, la cual no sólo queda totalmente excluida, sino que además se la despoja de su significado e importancia, sin tener en cuenta el impacto que esto produce tanto para el médico como para el paciente. Se agrega además el agravio que en este caso particular se ridiculiza el concepto al considerarla como un acto de declamación innecesaria o de entenderla como un mecanismo que implique demora o retardo a la práctica de un aborto.
Este Protocolo es susceptible de un análisis mucho más profundo, pero queremos dejar expreso al menos que los médicos, más allá de cualquier formación universitaria, política, cultural o inclusive religiosa, hemos sido formados para dar vida y protegerla; para preservar cualquier acción que atente contra la salud de las personas individuales y de los pueblos. Y que nuestro ejercicio profesional no es sólo ejecutar una práctica determinada, sino que además ponemos en cada acto terapéutico la ciencia y la conciencia, que es inherente a la profesión.
El acto médico se realiza porque detrás de este hay una persona que lo lleva a cabo. Somos seres humanos íntegros y por tal no podemos despojarnos de nuestra esencia como personas cuando ejercemos la medicina. Si tratáramos de hacerlo estaríamos alterando la armonía entre la persona y su formación, su manera de ser y de pensar.
El acto de ejecutar sólo acciones predeterminadas es exclusivo de las máquinas y de los aparatos.
La medicina se ejerce de manera integral, y es privativa de las personas.
Con información de Aica
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