Redacción (Jueves, 17-08-2017, Gaudium Press) El martes pasado vivimos el día de la Solemnidad de la Asunción de Nuestra Señora a los Cielos. Una verdad oportunamente constituida en dogma por el papa Pío XII en el día primero de noviembre del año 1950.
Una definición de Fe ardientemente deseada por los católicos del mundo entero, por siglos. Este dogma justifica la colocación de Nuestra Señora fuera de toda comparación con cualquier otra mera criatura.
La solemnidad así instituida por la Iglesia, justifica el culto de hiperdulía que los fieles tributan a María Santísima.
La fiesta de esta solemnidad conmemorada el día 15 de agosto recuerda también los títulos de Nuestra Señora de la Gloria o de Nuestra Señora de la Guía.
Asunción y Dormición
Nuestra Señora pasó por la muerte. Si fue así, sería una muy suave que puede ser designada, casi se diría poéticamente, como la «dormición de Nuestra Señora».
«Dormición» para indicar que María Santísima tuvo una muerte tan suave quedando tan próxima a la resurrección que, aunque fuese muerte, parecía un simple sueño.
Llamada a la vida por Dios, María resucitó como Nuestro Señor Jesucristo. Y luego en seguida subió a los cielos. Los apóstoles reunidos junto a Ella junto con una cantidad grande de fieles asistieron la justificación y glorificación de María.
La Asunción continúa representando una verdadera glorificación a los ojos de toda la humanidad hasta el fin del mundo. Un premio justo, pero pálido si llevamos en cuenta la glorificación que la Virgen Inmaculada debería recibir en el Cielo, eternamente.
Dogma, historia, significado: información
Con la publicación, el 1º de noviembre de 1950, de la Constitución Apostólica Munificentissimus Deus, del Papa Pío XII quedó proclamado el dogma de la Asunción de María:
«Por la autoridad de Nuestro Señor Jesucristo, de los Santos Apóstoles Pedro y Pablo y en nuestra propia autoridad, pronunciamos, declaramos y definimos como siendo un dogma revelado por Dios: que la Inmaculada Madre de Dios, la siempre Virgen María, habiendo completado el curso de su vida terrena, fue asunta, en cuerpo y alma, a la gloria celeste».
Antes de ese hecho histórico, hubo peticiones para que se presentase una definición dogmática para el tema. Pío XII prefirió hacer una amplia consulta al episcopado del mundo entero.
Para que esa consulta fuese realizada, el Papa publicó el día 1º de mayo de 1946, una Encíclica cuyo nombre sería «Deiparae Virginis Mariae».
El documento papal tuvo una característica especial: todo el documento poseía apenas 4 párrafos. La carta encíclica, entretanto, traía la transcendental propuesta de la definición del Dogma de la Asunción de Nuestra Señora a los Cielos.
El Papa hacía un resumen de los pedidos que la Santa Sede había recibido para que fuese dada la definición dogmática:
«según nuestra convicción, que desde hace algún tiempo se presentan a la Sede Apostólica cartas de súplica […] enviadas por cardenales, arzobispos, obispos, sacerdotes, religiosos y religiosas, asociaciones, universidades y, en fin, por innumerables fieles particulares, con el objetivo de que se declare y defina solemnemente como dogma de fe que la bienaventurada virgen María subió en cuerpo a los cielos.
Y, de seguro, nadie ignora que eso mismo fue pedido con ardientes votos por casi 200 padres del Concilio Vaticano».
Sucede, sin embargo, que desde los principios de la vida de la Iglesia, ya estuvo presente en la Iglesia las señales de celebración de la Asunción de la Madre de Jesús, conforme apunta la Exhortación de Pío XII:
«Desde tiempos remotísimos, por el transcurso de los siglos, nos aparecen testimonios, indicios y vestigios de esta fe común de la Iglesia; fe que se manifiesta cada vez más claramente».
El documento continuaba aclarando además que los cristianos que conocen, por la Escritura, el camino de vida, «no tuvieron dificultad en admitir que, a semejanza de su unigénito Hijo, también la excelsa Madre de Dios murió. Pero esa persuasión no los impidió de creer expresa y firmemente que su sagrado cuerpo no sufrió la corrupción del sepulcro, ni fue reducido a podredumbre y cenizas aquel tabernáculo del Verbo divino».
Solemnidad litúrgica
La Asunción de Nuestra Señora es una solemnidad.
Entre las Normas Universales establecidas para el Año Litúrgico y Calendario hay una definición esclarecedora mostrando que «las solemnidades son constituidas por los días más importantes».
Ellas serían ocasiones en que las celebraciones tienen como enfoque principal el llamado misterio de la Pasión, Muerte y Resurrección de Jesucristo, como también de la vida de María.
Y las solemnidades, según normas litúrgicas, no pueden ser omitidas.
Qué pensar y pedir
Sin sombra de dudas, nuestra Fe nos indica que todo cuanto existe de más glorioso y triunfal en la Creación, brilló con fulgor en la hora en que se concretaba la Asunción de Nuestra Señora.
Es meditando en ese paso de la vida de Nuestra Señora que debemos conmemorar esta solemnidad. Aproximándonos espiritualmente a ese hecho que hasta los ángeles vinieron a contemplar podemos pedir a Nuestra Señora, por la alabanza que entonces a Ella fue tributada, aquella virtud de la cual tenemos mayor necesidad.
Y, entonces, cada uno debe pedir lo que su corazón sugiere.
Pero no habría exagero o intromisión si pudiésemos sugerir que en esa fiesta fuese pedido, con empeño, la virtud de poseer el sentido de la gloria de la Virgen Asunta a los Cielos.
Y ese pedido quiere decir que deseamos comprender bien todo cuanto representa en el orden de la Creación la justa glorificación que se debe tributar a Nuestra Señora, siempre.
Por João Sérgio Guimarães
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