jueves, 21 de noviembre de 2024
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Diócesis de Madison publica clarificación sobre disciplina de celebración de funerales

Madison (Jueves, 02-11-2017, Gaudium Press) Tras recibir comentarios e inquietudes por parte de los fieles tras la publicación de una carta dirigida a los sacerdotes con el fin de exponer algunos puntos de la disciplina de la Iglesia sobre el acceso a la celebración de funerales, la Diócesis de Madison, Estados Unidos, publicó una clarificación detallada sobre el sentido de estas directivas. El documento, firmado por Mons. James Bartylla, Vicario General de la Diócesis, describe de manera amplia aspectos no incluidos en la comunicación inicial, el cual era un documento privado y confidencial que no requería una exposición de los motivos ya conocidos por los presbíteros.

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Foto: Fr. Lawrence Lew, O.P.

Según Mons. Bartylla, los reportes en medios de comunicación crearon la necesidad de «corregir malas interpretaciones de la comunicación y dar una explicación para mayor claridad» y rechazó que las directivas signifiquen algún tipo de rechazo o discriminación hacia algunos fieles que por encontrarse en situación pública de pecado como el hacer parte de una unión no equiparable con el matrimonio se les pudiera llegar a negar la celebración de ritos funerarios en casos específicos (ver noticia anterior). A quienes se encuentran en una situación de este tipo, el Vicario indicó que todas las personas «son amadas y respetadas, y siempre bienvenidas en la Iglesia Católicas e invitadas a la verdad del Evangelio. Jesucristo los ama y desea su alegría».

Entre los temas aclarados por la Diócesis se encuentra la diferenciación que la Iglesia hace entre las personas y los actos que pueden llegar a cometer. Una inclinación o una tendencia que una persona padezca podría por tanto ser «objetivamente desordenada» y constituir «un desafío» para su vida de fe, pero «en sí misma no es pecado». Por el contrario, los actos contrarios a la moral y a los planes de Dios sí son rechazados claramente por la doctrina de la Iglesia como parte de su acción caritativa. «La caridad (el amor) por mi prójimo no es el deseo de que mi prójimo sea libre de todo sufrimiento, sino el deseo de que todo lo asociado con mi prójimo sea bueno», explicó el documento. «La verdadera caridad demanda que busquemos la virtud del otro de acuerdo anuestra naturaleza humana y la ley natural. Yo soy el ‘guardián de mi hermano’. La sola tolerancia no es suficiente para la caridad; debo amar a mi prójimo y desear su bien vituoso de acuerdo con la verdad».

La comunicación aclara que este amor cristiano debe extenderse a todas las personas sin discriminación alguna y que es impropio acusar a quienes señalan su desacuerdo con las acciones como si fueran promotores del odio o la discriminación. «Muchas personas pueden estar en desacuerdo con la Iglesai Católica con lo que yo escriba», explicó Mons. Bartylla, «pero esa oposición no me da derecho a vilipendiar a mi oponente, lo cual sería un pecado contra la justicia en contra de mi prójimo. Cualquier oponente tiene la misma obligación».

Sobre las directivas sobre la administración de ritos funerarios, que recuerdan la necesidad de cuidar el no sucitar escándalo público al permitir la celebración de ritos a personas en situación pública de pecado, la clarificación indicó que el término «escándalo» es «empleado aquí en el sentido tradicional y técnico de ‘conducir a otra persona hacia el pecado'». «Un acto de escándalo podría llevar a otros a aprobar una acción pecaminosa de una persona o al menos a quedar confundidos sobre si la acción es pecaminosa», recordó Mons. Bartylla. Por este motivo evitar el escándalo público es una forma de buscar el bien para las almas, lo cual se aplica a las directivas estipuladas en la Diócesis sobre la celebración de funerales.

Algunas aclaraciones finales recuerdan que el impedimento para la celebración de los ritos funerarios no significa que una persona no pueda ser sepultada, ya que esta es una acción separada querida por la Iglesia como una obra de misericordia en espera de la resurrección de los muertes durante la Segunda Venida de Jesucristo. De igual manera, la realización o negación de los ritos funerarios por parte de la Iglesia son acciones que «no pueden decidir el estado eterno de un alma que ya está ante Dios y por tanto está más allá del poder de la Iglesia para ayudar en la salvación de alguien».

Con información de Roman Catholic Man.

 

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