Madrid (Martes, 11-09-2018, Gaudium Press) La Conferencia Episcopal Española (CEE) rechazó las amenazas recientes por parte del gobierno con motivo de la publicación de un listado de inmuebles registrados por la Iglesia entre 1998 y 2015. Según el Gobierno, el listado elaborado por el Ministerio de Justicia en cumplimiento de la Ley Hipotecaria y la de Protección de Datos, servirá para reclamar a la iglesia los bienes inmatriculados que sean considerados de dominio público. El Secretario General de la CEE, P. José María Gil Tamayo, lamentó en una rueda de prensa que el de la propiedad de edificaciones históricas sea un «tema recurrente» para algunos partidos políticos que buscarían de esta forma reanimar «los viejos fantasmas del anticlericalismo».
El Patrimonio de la Iglesia Católica ha sido víctima de reiterados ataques por parte del poder civil, sin que hayan conseguido demostrar los argumentos que sustentan las diferentes demandas ante organismos judiciales. |
El Secretario General afirmó que tiene una «confianza infinita en la justicia española», pero que, si llega a ser necesario, la Iglesia procederá a defender sus derechos en las instancias correspondientes. El sacerdote recordó que los bienes utilizados por la Iglesia no sólo benefician a los católicos, sino a toda la sociedad y en especial a los más pobres. Por este motivo, un procedimiento de «desamortización encubierta» iría en «detrimento de la acción social», expuso, según reportó la revista Alfa y Omega.
Además del P. Gil Tamayo, el Vicesecretario económico de la Conferencia Episcopal Española, Fernando Giménez Barriocanal, también realizó aclaraciones sobre este listado. «En España existen cerca de 40.000 entidades que son reconocidas como Iglesia Católica a nivel civil y que tienen la autonomía que le reconocen las normas civiles y canónicas, en todo, también en su capacidad de inmatriculación de inmuebles», explicó.
«En muchos casos se trata de centros de culto edificados hace muchos siglos», agregó Giménez Barriocanal. El proceso de inmatriculación realizado en los años incluidos en el informe «no es, en ningún caso, un mecanismo de adquisición de la propiedad de un bien. El acto de registrar no concede la propiedad, simplemente la registra». La titularidad de numerosos edificios religiosos ,como es el caso de los templos históricos, ha sido respaldada reiteradamente por las autoridades judiciales, las cuales han ratificado la debida posesión de estos bienes por parte de la Iglesia sustentada en numerosos documentos históricos y otras evidencias.
Con información de Alfa y Omega.
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