Se trata del presbítero Leonardo Holtz Peixoto, a quien el purpurado declara como incurso en el delito de cisma. El presbítero no puede ahora ni ofrecer ni recibir sacramentos.
Redacción (02/12/2022 09:12, Gaudium Press) Por medio de un Decreto con fecha del 29 de noviembre pasado, el Cardenal Orani João Tempesta, Arzobispo de Río de Janeiro, ha excomulgado al sacerdote Leonardo Holtz Peixoto, presbítero incardinado en esa diócesis.
La razón para la drástica medida es que el presbítero ha incurrido en el delito de cisma (CIC, can. 751), al recusar “pública y notoriamente el reconocimiento y la sujeción al Romano Pontífice reinante” y al Cardenal Arzobispo.
Refiere igualmente en su decreto de excomunión el Cardenal Tempesta, que vía redes sociales el presbítero Holtz ha hecho público su “rechazo al Concilio Vaticano II y a la legitimidad de todos los Papas desde San Juan XXIII hasta los días actuales”, e igualmente “se sometió a una ceremonia de ‘reordenacion’ prebiteral por desconsiderar la validez del sacramento del Orden conforme al Pontifical Romano vigente en la Iglesia”. De esta forma el presbítero Holtz manifiesta no reconocer la validez de la ordenación sacerdotal de la gigantesca mayoría de los sacerdotes que ejercen su ministerio en el mundo entero.
El Decreto del Cardenal Tempesta no origina la excomunión, sino que la declara, pues los actos cismáticos hacen que el fiel incurra en la pena de excomunión inmediata, según el can. 1364 del Código de Derecho Canónico.
Consecuencias
Como consecuencia de la declaración de excomunión, el presbítero Holtz no puede celebrar ningún sacramento ni tampoco recibirlo; no puede administrar sacramentales y realizar ninguna otra ceremonia litúrgica; no puede ejercer funciones eclesiásticas ni ningún acto de gobierno eclesiástico. Los fieles, incluyendo a los sacerdotes, “no deben participar de cualquier acto litúrgico celebrado o de reuniones promovidas por el referido sacerdote”, expresa también el Decreto.
La excomunión, que es un tipo de censura eclesiástica, “podrá ser remitida solamente cuando el referido presbítero hubiere abandonado la contumacia”, es decir la obstinación en su actitud cismática y sedevacantista. Por el contrario, la contumacia prolongada, puede ser ocasión de expulsión del estado clerical.
Tras ser ordenado para la diócesis carioca, el presbítero Holtz ha transitado de forma temporaria en diversos institutos tradicionalistas, entre los cuales el Instituto del Buen Pastor y la Fraternidad Sacerdotal San Pío X. Por las declaraciones que él mismo ha publicado u ofrecido a medios de comunicación, se constata la comprensión y acogida constante a él ofrecida por el Cardenal Tempesta, quien paternalmente autorizó varias de las diversas iniciativas del sacerdote, acogida que el mismo presbítero Holtz reconoció públicamente en su momento.
No existen mayores informaciones sobre la ceremonia de “reordenación” a la que habría sido sometido el presbítero Holtz, ni quien habría sido el oficiante.
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