El P. Jorge González hace una crítica de las últimas disposiciones para desconfinamiento.
Madrid (11/05/2020 18:26, Gaudium Press) El Padre Jorge González Guadalix es famoso en toda España y allende sus fronteras. Cura de la iglesia de la Serna del Monte, tiene a su cargo cuatro parroquias en La Serna, Braojos y Gascones, al norte de la comunidad de Madrid.
Pero el P. González Guadalix es conocido sobre todo por su actividad en redes sociales y su blog – De profesión, cura – alojado en el conocido site Infocatolica.
Allí, en su blog, estampó el día de ayer sus opiniones sobre el trato discriminatorio que el gobierno español estaría dando a las actividades religiosas, particularmente en las disposiciones que se exigen a los lugares de culto en la próxima fase de desconfinamiento, la Fase 1, que en algunos lugares comenzó hoy y en otros lo será prontamente.
“Por el BOE [Boletín Oficial del Estado] de ayer hemos conocido lo que se nos exige a los lugares de culto en esta próxima fase que esperamos alcanzar cuando los supuestos expertos lo vean conveniente según sus arcanas condiciones”, inicia su análisis el P. González.
No romerías, ni siquiera en lugares donde no hay ningún riesgo
Cita el presbítero el artículo 9 de la disposición gubernativa que establece que “No se podrá utilizar el exterior de los edificios ni la vía pública para la celebración de actos de culto”. Eso, impediría las “misas, procesiones, romerías, bendición con el Santísimo. Ni en la vía pública ni en el exterior de los edificios. Es decir, que servidor, un suponer, en la fase 1, decide bendecir a Braojos con el Santísimo desde el jardín de la entrada de la parroquia y se la ha cargado. Un problema sanitario gravísimo si se hiciera una procesión con la Virgen por La Serna del Monte guardando distancias de seguridad”, ironiza el sacerdote, pues su jurisdicción es entre otras cosas muy poco habitada.
Sí a las terrazas de bares, pero no bendiciones con el santísimo en calles
Sin embargo, de acuerdo a esas disposiciones gubernamentales, “las terrazas de bares y restaurante tienen menos peligro. Los rodajes de películas también se pueden llevar a cabo en lugares públicos. Asimismo, son posibles los espectáculos al aire libre”.
Un temido control al tiempo del culto
Referido al culto público, la Orden SND/399/2020 “para la transición hacia una nueva normalidad”, define que “Se limitará al menor tiempo posible la duración de los encuentros o celebraciones”. “No sé esto cómo se va a controlar – se pregunta el P. González, quizá es que vamos a tener en los templos comisarios reloj en mano que a partir del minuto tal tiren de talonario de multas”.
También critica que se busque evitar “La actuación de coros” en los actos de culto, algo que se permite en otros casos, como por ejemplo establece en el artículo 36 de la disposición: “Cuando haya varios artistas simultáneamente en el escenario, la dirección artística procurará que se mantenga la distancia sanitaria de seguridad en el desarrollo del espectáculo”. ¿Por qué no haber permitido los coros en las iglesias, diciendo algo como por ejemplo “Las personas integrantes de coros que actúen en ceremonias de culto deberán guardar la distancia de seguridad…”?, se pregunta el sacerdote. ¿No se estará aprovechando la situación por coronavirus para atacar la libertad religiosa?, se sigue cuestionando.
Sí sería posible un espectáculo artístico al aire libre, pero no una misa
“Ya costaba trabajo digerir el hecho de que una persona pudiera salir a por el pan, el periódico, la compra en el super, ir a la farmacia, al ambulatorio, comprar tabaco, pero no a misa. Ahora, además de todo eso, en las zonas O, se puede pasear, hacer deporte, salir con los niños… pero no ir a misa”.
“¿Y cuando lleguemos a la fase 1? Hombre, en la fase 1 ya se podrán hacer incluso espectáculos al aire libre, y subirse varios artistas al escenario. Abrirán las terrazas. Los comercios. ¿Y las iglesias? A un tercio de aforo, y nada de nada de salir a la calle, vamos, que ni al patio de la parroquia para el culto por poco que sea. Rapiditas las ceremonias y prohibidos los coros”: así caracteriza el sacerdote la discriminación. Y da un ejemplo supuesto:
Sí un espectáculo de jotas, pero no una misa
“En Braojos, por ejemplo, y es un suponer, se podría tener en la plaza del pueblo un festival de jotas. Los artistas en el escenario que guarden su distancia de seguridad y la gente puede estar en la plaza con sus sillas o de pie, con todas sus precauciones, a la vez que permanece abierta la terraza del bar de la casa de la cultura. Imaginemos que al acabar el festival, al bajar los joteros del escenario, suben el señor cura y dos más para celebrar la misa del día de la fiesta. Está prohibido. ¿Mande? El mismo escenario, las mismas distancias de seguridad, idénticas sillas… ¿y las jotas sí y la misa no? ¿Me lo dice en serio?”.
Sí, es “completamente en serio”, concluye el P. González.
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