En la bula Vineae Domini Custodes de 1225, el Papa Honorio III encomienda a los frailes predicadores y menores la misión de evangelizar y asistir a los fieles en el Reino de Miramamolín, otorgándoles amplias facultades pastorales en la región.
Bula de Urbano VIII – Foto: Wikipedia
Redacción (17/02/2025, Gaudium Press) Este es un año en el que se conmemoran ocho centenarios de hechos importantes de Iglesia.
Son los ochocientos años del Cántico de las Criaturas de San Francisco de Asís, esa alabanza maravillosa en la que su alma de niño eleva la gratitud a Dios por el hermano sol, la hermana luna, y por toda la Creación. Son también los 800 años del nacimiento de la Beata Isabel de Francia, la hermana menor de San Luis Rey, que renuncia a casarse con el hijo del monarca más poderoso de la tierra para dedicarse a la piedad, los pobres y los enfermos, siguiendo la espiritualidad de Clara de Asís. Y son también los 800 años de una maravillosa bula en la que un Papa bendice la labor de los misioneros en el “Reino de Miramamolín”, la Bula Vineae Domini Custodes, Custodios de la Viña del Señor.
La bula emitida el 7 de octubre de 1225, en el décimo año del pontificado de Honorio III se dirige particularmente a los frailes de la orden de predicadores (dominicos) y los frailes menores (franciscanos), autorizándolos a establecer misiones en ese ‘Reino de Miramamolín’, reino mítico inexistente que correspondía al Califato Almohade, el cual se extendía por el Magreb e inclusive cobijó terrenos de ‘Al-Ándalus’, en España. El Pontífice los animaba a anunciar el Evangelio de Jesucristo para que “conviertan a los infieles, levanten a cuantos han caído renegando de la fe, sean el sostén de los débiles, el consuelo de los temerosos y el coraje de los fuertes”.
El Pontífice, para que estos misioneros “puedan ejercer su ministerio con mayor seguridad”, les concede “que puedan, pero sólo en aquella región, predicar, bautizar a los Sarracenos que vengan a nuestra religión, reconciliar a los apóstatas, ordenar las penitencias y absolver a cuantos, excomulgados, no puedan cómodamente acudir a la Sede Apostólica. Séales también lícito pronunciar sentencias de excomunión contra aquellos que, en aquella región, se pasaren a la herejía”. Es decir, les da facultades que comúnmente solo tienen obispos.
Asimismo, les otorga un tipo de especial inmunidad, prohibiendo “a cualquier cristiano que los expulse con violencia de aquella tierra”.
Finalmente les recuerda que deben actuar con humildad, no abusando de los poderes concedidos, actuando con corrección para merecer la recompensa divina y poder asumir responsabilidades mayores.
¿Qué es una bula?
Una bula es un documento oficial emitido por el Papa, generalmente para cuestiones importantes como la doctrina, la organización eclesiástica, o la asignación de funciones específicas dentro de la comunidad cristiana. El término “bula” proviene del sello de plomo (bulla) que se usaba para autenticar estos documentos papales, En transcripción impresa de las bulas, el sello de plomo queda expresado por las iniciales de las palabras latinas loco (en [este] lugar) – plumbum (plomo), y en medio una cruz: L + P, y en el reverso las inscripciones SPE y SPA divididas por una cruz, siglas que hacían referencia a San Pedro y San Pablo.
Deje su Comentario