En una audiencia con los participantes del Curso Internacional del Tribunal de la Rota Romana, “Diez años de la reforma del proceso matrimonial canónico: dimensiones eclesiológicas, jurídicas y pastorales”, León XIV los instó a considerar las dimensiones jurídicas, eclesiológicas y pastorales en los procesos de nulidad matrimonial.
Foto: Vatican News
Redacción (24/11/2025 12:12, Gaudium Press) Al recibir, el 21 de noviembre pasado, a los participantes del reciente Curso de Formación del Tribunal de la Rota Romana, Diez años de la reforma del derecho canónico en el proceso matrimonial: dimensiones eclesiológicas, jurídicas y pastorales”, León XIV enfatizó “la relación entre estos tres enfoques”, que a menudo se olvida. En efecto, la teología, el derecho y la pastoral son considerados “compartimentos estancos” y “colocados en oposición entre sí, como si lo más teológico o lo más pastoral fuera lo menos jurídico”. Esta concepción errónea “oscurece la armonía” entre las diversas actividades eclesiales.
“¿Por qué, en los documentos de los procedimientos de nulidad matrimonial, es presentado a Jesús, como Juez, manso y misericordioso?”, preguntó el Pontífice. “Tal consideración puede parecer, a primera vista, contraria a las exigencias inalienables de la justicia, que no pueden descuidarse en virtud de una compasión malinterpretada”, subrayó el Pontífice.
Dios siempre desea la salvación de cada alma y ofrece su infinita misericordia a todo pecador arrepentido. Sin embargo, los juicios humanos, en particular los relativos a las causas de la nulidad matrimonial, no pueden ser manipulados “por una falsa misericordia”.
San Agustín ya enfatizó que la misericordia es “la compasión de nuestro corazón por la miseria ajena, que nos impulsa a ayudarla, si nos es posible”. Sin embargo, “este movimiento es conforme a la razón cuando la misericordia se manifiesta sin comprometer la justicia, tanto al ayudar al necesitado cuanto al perdonar al arrepentido” (La Ciudad de Dios, Libro 9, Capítulo 5).
“El matrimonio no es un ideal, sino el canon del verdadero amor entre el hombre y la mujer: amor total, fiel y fecundo”, reiteró el Pontífice. Es un misterio que subsiste a pesar de cualquier fallo conyugal. Así, el proceso canónico de nulidad matrimonial, como recordó Benedicto XVI, “constituye esencialmente un instrumento para determinar la verdad sobre el vínculo conyugal. Su objetivo constitutivo […] es, por lo tanto, prestar un servicio a la verdad”.
Buscar la verdad es el sentido correcto de la expresión “salvación de las almas”, la ley suprema del derecho eclesiástico. “Las dimensiones eclesiológica y jurídica, si se consideran adecuadamente, conducen al descubrimiento de la dimensión pastoral”, enfatizó el Pontífice.
Y el Papa León XIV concluyó, citando las palabras de San Juan Pablo II: “La actividad pastoral, aunque supera con creces los aspectos jurídicos, siempre implica una dimensión de justicia. De hecho, no sería posible conducir las almas al Reino de los Cielos si se descuidara ese mínimo de caridad y prudencia que consiste en el compromiso de observar fielmente la ley y los derechos de todos en la Iglesia”.
Por José Manuel Jiménez Aleixandre [1]
[1] Doctor en Derecho Canónico, profesor del Instituto Teológico Santo Tomás de Aquino, Caieiras, SP, Brasil.





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