viernes, 26 de abril de 2024
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En cuarentena por coronavirus también es posible ganar la Indulgencia Plenaria … Te contamos cómo

Redacción (Jueves, 02-04-2020, Gaudium Press) En tiempo de cuarentena obligada por causa de la pandemia de coronavirus también es posible ganar la Indulgencia Plenaria. Esto es lo que ha determinado la Iglesia Católica en un decreto de la Penitenciaría Apostólica Vaticana con fecha del 20 de marzo de 2020, haciendo un llamado a los fieles a vivir el periodo de esta enfermedad como una ocasión propicia para la conversión personal.

«El momento actual que atraviesa la humanidad entera, amenazada por una enfermedad invisible e insidiosa, que desde hace tiempo ha entrado con prepotencia a formar parte de la vida de todos, está jalonado día tras día por angustiosos temores, nuevas incertidumbres y, sobre todo, por un sufrimiento físico y moral generalizado», señala el decreto, que luego indica:

«Para que todos los que sufren a causa del Covid-19, precisamente en el misterio de este padecer, puedan redescubrir ‘el mismo sufrimiento redentor de Cristo’, esta Penitenciaría Apostólica, ex auctoritate Summi Pontificis, confiando en la palabra de Cristo Señor y considerando con espíritu de fe la epidemia actualmente en curso, para vivirla con espíritu de conversión personal, concede el don de las Indulgencias de acuerdo con la siguiente disposición».

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Los agentes sanitarios que cuidan a los enfermos por coronavirus pueden ganar Indulgencia plenaria / Foto: Ani Kolleshi por Unsplash.  

Así, ¿Quiénes pueden recibir la Indulgencia Plenaria durante la pandemia?

De acuerdo con el decreto de la Penitenciaría Apostólica, durante este tiempo pueden recibir la Indulgencia plenaria los fieles enfermos de coronavirus que están sujetos a la cuarentena por orden de la autoridad sanitaria en los hospitales o en sus casas.

Para alcanzarla, los fieles han de tener espíritu desprendido a cualquier pecado, unirse espiritualmente a través de los medios de comunicación a la celebración de la Misa, al rezo del Santo Rosario, al himno de la Madre de Dios, a la práctica del Vía Crucis, al oficio de la Madre de Dios y otras devociones, o al menos rezar el Credo, el Padrenuestro y una piadosa invocación a la Santísima Virgen, ofreciendo los sufrimientos y la prueba «con espíritu de fe en Dios y de caridad hacia los hermanos, con la voluntad de cumplir las condiciones habituales», que son la confesión sacramental, la Comunión Eucarística y orar por las intenciones del Papa, una vez le sea posible.

También pueden recibir la Indulgencia Plenaria los agentes sanitarios, los familiares y todos aquellos que cuidan a los enfermos de coronavirus exponiéndose al riesgo de contagio.

Esta gracia especial ha sido concedida asimismo a todos los fieles que en la actual pandemia, ofrezcan la visita al Santísimo Sacramento, o la Adoración Eucarística, o la lectura de las Sagradas Escrituras durante al menos media hora. Igualmente es concedida para los fieles que realicen el piadoso ejercicio del Vía Crucis, o el rezo de la Coronilla de la Divina Misericordia, o el Oficio a la Madre de Dios, implorando «a Dios Todopoderoso el fin de la epidemia, el alivio de los afligidos y la salvación eterna de los que el Señor ha llamado a sí».

Del mismo modo, como señala el decreto, los fieles que estén a punto de muerte por causa de la enfermedad también reciben la Indulgencia Plenaria, «siempre que estén debidamente dispuestos y hayan rezado durante su vida oraciones». En este caso, la Iglesia suple las condiciones habituales para la concesión de la Indulgencia, y recomienda el uso de la cruz o de un crucifijo.

Como se recuerda en la Constitución Apostólica ‘Indulgentiarum Doctrina’ de Pablo VI, sobre la revisión de las Indulgencias, la Indulgencia «es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en lo referente a la culpa que gana el fiel, convenientemente preparado, en ciertas y determinadas condiciones, con la ayuda de la Iglesia, que como administradora de la redención, dispensa y aplica con plena autoridad el tesoro de los méritos de Cristo y de los santos».

La Indulgencia puede ser parcial o plenaria, según libere en parte o totalmente la pena temporal ocasionada por los pecados.

Con información de Vatican.va. 

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