viernes, 26 de abril de 2024
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"Los derechos de la madre no pueden privilegiarse sobre los del nasciturus": Corte Suprema de Justicia del Salvador

San Salvador (Jueves, 30-05-2013, Gaudium Press) En decisión emitida por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador, se dictaminó que «los derechos de la madre no pueden privilegiarse sobre los del nasciturus (el que ha de nacer) ni viceversa; asimismo, que existe un impedimento absoluto para autorizar la práctica de un aborto por contrariar la protección constitucional que se otorga a la persona humana ‘desde el momento de la concepción».

La decisión se da a raíz de la solicitud interpuesta por «Beatriz» (nombre ficticio), quien con un embarazo de 24 semanas solicitó un aborto «terapéutico» pues padece lupus, y además su feto es anencefálico. El lupus le fue diagnosticado después de su embarazo.

De acuerdo a lo dictaminado por la Sala del Tribunal, ‘Beatriz’ deberá continuar con su embarazo. «La Sala desestimó la demanda de amparo presentada por la señora B.C.», enfatizó el Supremo. El dictamen reafirma lo dicho por el Instituto de Medicina Legal de El Salvador sobre el caso, donde los peritos estimaron que «no hay una razón médica para suspender el embarazo» de la joven.

Al mismo tiempo, los magistrados de la Suprema Corte exigieron de las autoridades sanitarias seguir monitoreando la condición de la demandante, y brindarle el tratamiento «que en cada momento resulte idóneo para su condición médica».

Al lado de reacciones contrarias al fallo por parte de algunas organizaciones y activistas, la presidenta de la fundación Sí a la Vida, Regina Cardenal, celebró la decisión como «un triunfo de la vida sobre la muerte», pues con ella «se sienta nuevamente un precedente de que en nuestra sociedad se debe privilegiar el derecho constitucional, que la vida existe desde el momento de su concepción».

Con información de Infocatolica.com

 

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