viernes, 17 de mayo de 2024
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En Argentina: Revocan fallo que impedía festejar el día de Santiago y de la Virgen de Cuyo

Mendoza (Miércoles, 04-12-2013, Gaudium Press) La Cuarta Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial revocó el pasado 29 de noviembre el fallo de primera instancia que prohibía a la Dirección General de Escuelas de Mendoza, Argentina, incluir en el calendario educativo las conmemoraciones del día del patrono provincial, Santiago apóstol (25 de julio), y el día de la Virgen del Carmen de Cuyo (8 de septiembre).

Así, ha quedado sin efecto el amparo que había presentado la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) en su filial San Rafael, que cuestionaba esta práctica por entender que violentaba el derecho a la educación pública, laica y gratuita consagrado en la constitución nacional.

Los jueces Claudio Leiva, María Silvina Ábalos y Mirta Sar Sar, del tribunal de segunda instancia, consideraron que la resolución 2.616 del año 2012 de la Dirección General de Escuelas «de ningún modo es discriminatoria contra personal docente, no docente y alumnos que profesen una religión que no sea la católica apostólica romana».

En la sentencia, los magistrados aseguraron que las fechas conmemorativas están más allá de las cuestiones religiosas y que, si bien tuvieron un origen litúrgico, actualmente forman parte de la cultura y de la tradición de Mendoza. Por lo tanto, exceden las características confesionales y deben ser tratadas como parte del patrimonio histórico de la provincia.

En su momento, el hermano marista Eugenio Magdaleno, delegado episcopal de Educación Católica, había llamado entonces a respetar el sentimiento religioso del pueblo mendocino, y recordó que en los actos conmemorativos no se obliga la asistencia y participación de quienes no comparten la religión.

Con información de Aica

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