El P. Mercant Simó, doctor en estudios tomísticos, quiere ayudar en la peligrosa indefinición actual de sinodalidad, con algunas proposiciones de cuño ‘negativo’, es decir, lo que no puede ser.
Redacción (04/08/2023, Gaudium Press) El sacerdote mallorquín Jaime Mercant Simó, que entre otros títulos cuenta con un doctorado en estudios tomísticos, reconoce que a pesar de sus varios análisis no ha entendido aún lo que en el contexto actual significa sinodalidad.
Lo hace en una sabrosa columna en Infocatólica, donde es opinador habitual.
“Sigo sin entender qué quiere decir sinodalidad, fundamentalmente porque todavía estamos todos a la espera de una rigurosa explicitación conceptual”, dice con afirmatividad.
Más adelante amplía el por qué de la necesidad de esta clarificación pedida:
“Se habla por doquier de ella ―muchos ad nauseam―, aunque aún sin saber exactamente qué significa, tanto que está empezando a generar, incluso entre los más progresistas, un curioso fenómeno: son ya multitud los que están experimentando ―y padeciendo―, en algunos ambientes eclesiásticos ―que no eclesiales―, una impúdica instrumentalización sofística de dicha expresión al servicio, no sólo del gobierno despótico y arbitrario de algunos prelados o superiores jerárquicos, sino también del intenso influjo de algunos grupos malsanos y heterodoxos de presión”.
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Es decir, “sinodalidad”, dada su indefinición, sirve para todo, desde medidas autoritarias (hace poco se nombró un rector de un santuario internacional, algunos afirman que pasando por encima del derecho, alegando ‘sinodalidad’), hasta, como teme el presbítero, para tratar de cambiar la doctrina de Cristo, vía ‘democracia sinodal’.
Hasta la propia Comisión Teológica Internacional, goza de falta de concreción en este campo, según expresa el P. Mercant Simó: “no es lógica y seriamente admisible ―más que nada por el debido respeto que le debemos todos a la seriedad de las cosas― que los teólogos y filósofos católicos nos contentemos con el planteamiento anfibológico e indeterminado de la Comisión Teológica Internacional, que, en el año 2018, definió la sinodalidad como una suerte de estilo (sic) (Cf. Comisión Teológica Internacional, La sinodalidad en la vida y en la misión de la Iglesia (2018), nn. 70 y 77:).
Como una colaboración, por lo demás valiosa, a la definición de ese para muchos etéreo concepto, el presbítero propone algunas afirmaciones de tipo apofático, es decir, con sentido negativo.
Las reproducimos a continuación en su totalidad:
La sinodalidad no puede ser un concepto superior al de comunión, pues esto significaría la subordinación de la dimensión vertical de la Iglesia ―el misterio de la comunión de los hombres con Dios― a la horizontal.
La sinodalidad no puede ser la razón de la disolución de la estructura jerárquica de la Iglesia.
La sinodalidad no puede ser la excusa para la democratización de la Iglesia y su reconfiguración en estructuras asamblearias.
La sinodalidad no puede ser un pretexto para caer en la papolatría, curioso y paradójico efecto, y también causa ―esto es, un círculo vicioso―, de los dos fenómenos anteriores.
La sinodalidad no puede ser la justificación para el gran reemplazo del magisterio bimileranio de la Iglesia.
La sinodalidad no puede ser el motivo que favorezca la arbitrariedad y el despotismo en el gobierno de la Iglesia.
La sinodalidad no puede ser causa de alteración y corrupción de la esencia de los sacramentos ni de la degradación de su liturgia.
La sinodalidad no puede ser un instrumento de deformación doctrinal y teológica del pueblo de Dios en general y de los seminaristas, clérigos y religiosos en particular.
La sinodalidad no puede ser el punto de apoyo para pretender cambiar la esencia del sacerdocio católico ―específicamente representada por el ministro varón al servicio del sacrificio del altar― ni para abolir el celibato sacerdotal.
La sinodalidad no puede ser la excusa para fingir una transmutación de la esencia de la moral católica, favoreciendo las corrientes mundanas que promueven capciosamente, por ejemplo, un enfermizo psicologismo o que justifican las prácticas contra naturam.
La sinodalidad no puede ser el eclipse, olvido y negación del derecho natural.
La sinodalidad no puede ser el motivo para que la Iglesia salga de sí misma, abandonando, así, el eje esencial, divino y trinitario, que sobrenaturalmente la sostiene y vivifica.
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