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Arzobispado de Maracaibo expresa preocupaciones sobre la nueva Ley Orgánica de Educación venezolana

Maracaibo (Miércoles, 19-08-2009, Gaudium Press) La Vicaría Episcopal para la Educación y la Cultura de la Arquidiócesis de Maracaibo ha emitido un comunicado, en el que se analiza la recién aprobada Ley Orgánica de Educación de Venezuela.

El comunicado, con fecha del jueves pasado, está firmado por el padre Eduardo Ortigoza, además de la licenciada Rux Aular, de Fe y Alegría del Zulia, el licenciado José Rojas de las Escuelas Arquidiocesanas de Maracaibo, la licenciada Lic. Dunia Mavare del Consejo Arquidiocesano de Educación y la licenciada Elsy Peñaloza.

A la par que se reconoce la necesidad de una ley de educación renovada para atender a las necesidades actuales, el comunicado trae serias reparaciones al texto final de la misma.

En primera medida, se critica el apresuramiento en la discusión y aprobación de la Ley, desconociendo en su trámite los aportes presentados por sectores fundamentales de la vida educativa del país.

Preocupaciones

El comunicado manifiesta la preocupación por «lo indeterminado de la definición de la educación desde el estado laico y el confinamiento de la educación religiosa a los ámbitos familiares», lo cual choca con el artículo 59 de la Constitución venezolana «que garantiza el derecho de las personas a la manifestación pública de sus creencias y a su enseñanza, al igual que la libertad de culto y la enseñanza religiosa.» La educación debe contemplar también el aspecto espiritual del ser humano, puesto que es un ser trascendente: «Recordemos que el ser humano es un ser bio-psico-social-espiritual y la escuela debe abocarse a su integralidad.»

«También nos preocupa la definición (PLOE Art. 16 y 17) [Ley de educación] de los consejos comunales, colectivos y demás organizaciones sociales como «agentes de la educación», con capacidad de evaluación y supervisión de la gestión escolar, así como de orientar la formación integral de los miembros de la comunidad educativa. Nos preguntamos: ¿Cuáles serán los criterios que regirán el desempeño de tales organizaciones sociales y colectivos internos o comunitarios?», expresa.

La nueva ley pospone los aspectos no enteramente definidos a reglamentaciones posteriores. Ello también preocupa puesto que se le «confiere completa discrecionalidad al Ministerio del Poder Popular para la Educación como órgano rector y además porque se desconocen los criterios con los cuales serán elaboradas. Se ha planteado que responderán al Plan de Desarrollo Social 2007-2013, el cual define al Estado venezolano como un Estado socialista.»

Existe en la nueva ley un posible sesgo en el régimen sancionatorio, que sólo contempla este tipo de procesos al ámbito privado «pues sólo se menciona a propietarios y directores de colegios privados.» «¿Qué pasaría con los directores de las instituciones oficiales que incumplan con las orientaciones y disposiciones de esta ley y de los organismos educativos competentes?», se pregunta el comunicado.

No habría garantías sobre convenios y proyectos ya establecidos

De acuerdo a los firmantes, no hay claridad sobre las garantías de permanencia de los convenios y proyectos educativos establecidos por distintos sectores de la sociedad venezolana, entre ellos los promovidos por la Iglesia. Asimismo, surge preocupación en «relación con el concepto de autonomía universitaria que, según el artículo 31 del PLOE, será usufructuada únicamente por aquellas instituciones a las que el Estado se las reconozca. Además llama la atención el hecho de que el Poder Ejecutivo se reserve la posibilidad de impartir determinadas carreras.»

Finalmente el comunicado constata que dicha ley no surge de «un verdadero acuerdo nacional en torno a una materia de tanta importancia», y se invita a todos los sectores implicados a un diálogo «incluyente» y a la reflexión sobre los alcances de la misma.

 

Texto íntegro

La VICARÍA DE EDUCACIÓN DE LA ARQUIDIÓCESIS DE MARACAIBO, ante la aprobación, en el día de ayer 13 de agosto de 2009, de una nueva Ley Orgánica de Educación, en unión de los representantes de la AVEC , FE y ALEGRÍA, y ESCUELAS ARQUIDIOCESANAS DE MARACAIBO se permite hacer pública su opinión.

Reconocemos la necesidad que existía de una Ley Orgánica de Educación renovada y acorde con los tiempos actuales; sin embargo, consideramos que el proceso de reflexión sobre el proyecto presentado por el Ministerio del Poder Popular para la Educación se realizó de manera apresurada, lo cual no permitió una exhaustiva profundización, acorde con la importancia que el tema comporta para toda la sociedad venezolana. Para que exista un desarrollo pleno e integral de la educación, y que ésta sea de calidad, se requiere no solamente del concurso del Estado, sino también de la sociedad civil y de cada uno de los sectores del país a quienes compete la labor educativa. Entonces, ¿por qué discutir y aprobar esta nueva ley durante el tiempo de vacaciones?

Tanto el apresuramiento en la discusión y aprobación de la Ley , como la ausencia en ella de los aportes presentados oportunamente por sectores fundamentales de la vida educativa del país, dejan la impresión de ambigüedad e imprecisiones en la ley. Dicha Ley ameritaba una exposición de motivos acerca de aspectos que deben considerarse fundamentales. Antes de aprobar la Ley , era necesario responder a interrogantes como los siguientes: ¿Qué Educación queremos? ¿Para cuál país? ¿Propone este nueva Ley la Educación que Venezuela necesita? ¿Está nueva Ley en verdadera consonancia con la Constitución Nacional y con el necesario desarrollo productivo del país?

Nos preocupa lo indeterminado de la definición de la educación desde el estado laico y el confinamiento de la educación religiosa a los ámbitos familiares (PLOE Art. 6), lo cual colide con el artículo 59 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que garantiza el derecho de las personas a la manifestación pública de sus creencias y a su enseñanza, al igual que la libertad de culto y la enseñanza religiosa. Suscribimos plenamente las Reflexiones presentadas por la Presidencia de la AVEC sobre el Proyecto de Ley, en fecha 11 de agosto del 2009: «La educación para que sea integral, ‘orientada hacia el desarrollo del ser humano’ (PLOE, 5-08-2009) debe contemplar también su parte espiritual; sin la cual no podría pensarse en un ser trascendente. Es indispensable educar al hombre y a la mujer en todas sus dimensiones que van más allá de lo académico e intelectual, para que puedan luego proyectarse hacia la verdadera dimensión social. …, también es un deber de la escuela la formación espiritual de los niños, las niñas y adolescentes. Recordemos que el ser humano es un ser bio-psico-social-espiritual y la escuela debe abocarse a su integralidad.»

También nos preocupa la definición (PLOE Art. 16 y 17) de los consejos comunales, colectivos y demás organizaciones sociales como «agentes de la educación», con capacidad de evaluación y supervisión de la gestión escolar, así como de orientar la formación integral de los miembros de la comunidad educativa. Nos preguntamos: ¿Cuáles serán los criterios que regirán el desempeño de tales organizaciones sociales y colectivos internos o comunitarios?

Nos inquieta sobremanera el hecho de posponer las especificidades y concreciones de la Ley a leyes especiales de posterior promulgación, lo cual confiere completa discrecionalidad al Ministerio del Poder Popular para la Educación como órgano rector y además porque se desconocen los criterios con los cuales serán elaboradas. Se ha planteado que responderán al Plan de Desarrollo Social 2007-2013, el cual define al Estado venezolano como un Estado socialista.

Especial consideración requiere el artículo 50 del PLOE, que se refiere al régimen sancionatorio, pues sólo se menciona a propietarios y directores de colegios privados. ¿Qué pasaría con los directores de las instituciones oficiales que incumplan con las orientaciones y disposiciones de esta ley y de los organismos educativos competentes?

Falta claridad en la escasa garantía otorgada a la permanencia de los convenios y proyectos educativos de distintos sectores de la sociedad venezolana, entre ellos los promovidos por la iglesia católica. Igualmente, en relación con el concepto de autonomía universitaria que, según el artículo 31 del PLOE, será usufructuada únicamente por aquellas instituciones a las que el Estado se las reconozca. Además llama la atención el hecho de que el Poder Ejecutivo se reserve la posibilidad de impartir determinadas carreras.

Vemos con beneplácito la incorporación de la Educación Intercultural Bilingüe y de la Educación Rural como modalidades delsistema educativo, pero nos inquieta la omisión de la Educación de los Ministros del Culto (PLOE Art. 24) ya contemplada en el Artículo 16 de la LOE de 1980.

Lamentamos los hechos de violencia que se presentaron en el día de ayer en las cercanías de la Asamblea Nacional , mientras se realizaba la aprobación de la Ley. Es un contrasentido que no se haya podido alcanzar un verdadero acuerdo nacional en torno a una materia de tanta importancia.

Invitamos a todos los sectores, a quienes compete la labor educativa, a una participación ciudadana serena y dialogante, tomando en cuenta los aportes, que a lo largo del proceso de formación de la nacionalidad, han realizado dichos sectores, al diálogo incluyente y a la reflexión sobre los alcances de esta nueva Ley, a erradicar de nuestra familia venezolana los elementos que obstaculizan la búsqueda del bien común, y a buscar las soluciones que permitan que la educación siga siendo la labor que contribuya principalmente verdaderamente a la construcción de la paz.

Reafirmamos que no todo está perdido, mientras en cada venezolano permanezca la confianza en Dios y en las reales capacidades del ser humano.

Maracaibo, 14 de agosto de 2009.

Pbro. Eduardo Ortigoza
Vicaría Episcopal de Educación

Lic. Elsy Peñaloza
AVEC Seccional Maracaibo

Lic. Rux Aular
Fe y Alegría Zulia

Lic. José Rojas
Escuelas Arquidiocesanas

Lic. Dunia Mavare
Consejo Arquidiocesano de Educación

 

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