lunes, 18 de mayo de 2026
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Redemptionis Sacramentum: sí, los fieles pueden comulgar de rodillas y en la boca

El caso argentino hace volver los ojos a Redemptoris Sacramentum, que expresa que ningún sacerdote u obispo puede negar la comunión a quien quiera recibirla de rodillas o en la lengua.

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Redacción (18/05/2026 09:05, Gaudium Press) De acuerdo a medios católicos en Argentina, la Santa Sede habría intervenido para recordar a dos obispos de ese país que los fieles tienen el derecho a recibir la Sagrada Comunión de rodillas y en la lengua, tras varias polémicas surgidas en ese país por restricciones y correcciones públicas a quienes intentaban hacerlo de ese modo.

Aclaración de la Conferencia Episcopal Argentina

Según esas informaciones, el Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos mantuvo conversaciones con el arzobispo de Mendoza y presidente de la Conferencia Episcopal Argentina, Marcelo Colombo, y con el obispo de San Luis, Gabriel Barba.

Entretanto, don Máximo Jurcinovic, Director de la Oficina de Comunicación de la Conferencia Episcopal Argentina, ha señalado que esa información “es totalmente falsa, no se ha recibido corrección alguna [por parte del Vaticano] y tampoco se ha tenido un diálogo a partir de la situación que se plantea”.

La controversias se agudizaron después de que Mons. Colombo afirmara públicamente en 2025 que “en Argentina, la comunión se recibe de pie”, apelando a las normas aprobadas por la conferencia episcopal.

En Mendoza se produjo además un episodio polémico, en la Basílica de San Francisco: un fraile habría reprendido a varios fieles que intentaban arrodillarse para comulgar. Según informaciones difundidas, incluso se habría negado la comunión a una persona hasta que aceptara recibirla de pie y en la mano.

Favorecer la comunión solo en la mano

En la diócesis de San Luis, el obispo Barba también impulsó orientaciones para favorecer la comunión en la mano, especialmente entre los ministros extraordinarios de la Eucaristía.

La medida llamó aún más la atención porque esa diócesis había respetado el derecho de los fieles a una recepción tradicional de la comunión, bajo el episcopado de Mons. Juan Rodolfo Laise, conocido defensor de la comunión en la lengua.

Redemptionis Sacramentum lo dejaba claro

Por lo demás el tema de la recepción de la comunión ya ha sido tratado en documento vaticano, no revocado, la instrucción Redemptionis Sacramentum, publicada en 2004 por la Congregación para el Culto Divino. Por lo demás Redemptionis Sacramentum no creó leyes nuevas, sino que recogió la normatividad previa, sea del misal romano o del CIC.

El documento, si bien establece que es el Obispo diocesano “el moderador, promotor y custodio de toda la vida litúrgica” en su jurisdicción (n. 19) y que “en efecto, [es] al Obispo diocesano, en la Iglesia a él confiada y dentro de los límites de su competencia, [que] le corresponde dar normas obligatorias para todos” (n. 21), también afirma que “el Obispo debe tener siempre presente que no se quite la libertad prevista en las normas de los libros litúrgicos” (n.21) y afirma expresamente que “todo fiel tiene siempre derecho a elegir si desea recibir la Sagrada Comunión en la boca” (92) y agrega que “no es lícito negar la sagrada Comunión a un fiel, por ejemplo, sólo por el hecho de querer recibir la Eucaristía arrodillado o de pie”. (n. 91)

Es claro que mucho católico, por su particular sensibilidad eucarística, legítima, prefiere recibir la comunión de rodillas y en la lengua.

El caso argentino es importante porque no se limita solo a ese país. En varios lugares, la recepción de la comunión está causando conflictos entre fieles y celebrantes, cuando no jerarquía, por lo que ya algunos piden un nuevo pronunciamiento de Roma al respecto, que deje claro los derechos de los fieles, y los límites de la potestad episcopal sobre la materia.

Con información de Religión en Libertad

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